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EL MUNDO - Jueves, 29 de junio de 2000 - Número 5 INTERNET | ADMINISTRACIÓN |
La firma digital, recién aprobada en estados unidos, lleva funcionando en españa desde septiembre del año pasado. A pesar de la ventaja, según un informe de Andersen Consulting, apenas podemos utilizarla para realizar un 1,8% de nuestras gestiones administrativas. En un futuro muy próximo va a revolucionar el comercio electrónico: Con ella se podrán contratar préstamos, seguros, hipotecas...
FIRMA ELECTRÓNICA |
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JOSÉ LUIS DE VICENTE | |
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Hace dos semanas, el Congreso de los Estados Unidos aprobó la ley que posibilita que, a partir de ahora, no haya ninguna clase de transacción económica o comercial que no pueda realizarse por completo a través de Internet. Gracias a esta medida se regulariza la llamada firma electrónica, y un clic tendrá a todos los efectos la misma validez legal que la tradicional rúbrica de tinta y papel. Lo cierto es que mientras los medios de comunicación americanos no dejan de comentar el trascendental impacto que este hecho ejercerá sobre la economía y la sociedad, para nosotros la noticia no tiene nada de revolucionario: desde el pasado otoño la firma electrónica es una realidad en España. A partir de entonces, otras naciones se han ido sumando paulatinamente al proyecto de la firma electrónica, en ocasiones basando sus directivas en el modelo español. Pero el empujón definitivo que este prometedor instrumento necesitaba era el apoyo de la nación que tira del carro de la Red, EEUU, y su subida definitiva al tren de los sistemas de identificación personal. POSIBILIDADES. La mejor forma de comprender cómo nos va a afectar es pensar en el número de ocasiones en que para realizar una operación de cualquier tipo se nos exige estampar nuestra firma. Solicitar un crédito o una hipoteca, comprar una casa, suscribir un seguro de vida... Ninguna de estas transacciones podía efectuarse hasta ahora a través de Internet debido a la imposibilidad de demostrar que nuestros datos personales eran completamente veraces. Por otra parte, la famosa inseguridad que hasta ahora se consideraba inherente a la Red ha disuadido a muchos potenciales consumidores de realizar cualquier tipo de compra en las numerosas tiendas virtuales. La firma digital se presenta como la solución a estos obstáculos que, según los expertos, han frenado notablemente el desarrollo del comercio electrónico. Por lo que sabemos, la recientemente aprobada ley americana no especifica el procedimiento técnico exacto a emplear en la puesta en marcha del sistema. Algo en lo que también les llevamos ventaja. En nuestro país, la ACE y FESTE han sido, junto a la Fabrica Nacional de Moneda y Timbre , las primeras entidades de certificación autorizadas para emitir las tarjetas de identificación que permitirán la firma de contratos y todo tipo de compras a través de la Red. En sus respectivos webs se puede encontrar toda la información necesaria para hacer uso de este sistema que acaba sólo de nacer y cuyas ventajas se van a aplicar pronto en toda clase de servicios. El soporte elegido en España es el mismo que se ha empleado tradicionalmente para identificar a los ciudadanos, una tarjeta de plástico de tamaño y aspecto similar a las emitidas por los bancos. En ésta figurará nuestro nombre y número de NIF, las restricciones específicas que se apliquen al uso de la firma, y lo más importante: los datos de la entidad certificadora que garantiza que las claves numéricas contenidas en la tarjeta se corresponden con los datos personales de su dueño y usuario. El primer organismo oficial en ofrecer servicios a los ciudadanos empleando un sistema de identificación digital ha sido la Agencia Tributaria . Su servicio de Presentación Telemática de Declaraciones permite realizar numerosas operaciones a través de Internet, como presentar nuestra declaración de la Renta por medio de la Red (algo que este año ya han utilizado más de 60.000 contribuyentes), pero no es la única. Gracias a la firma electrónica podemos cambiar nuestro domicilio fiscal, solicitar y recibir certificados que ratifiquen que hemos cumplido con todas nuestras obligaciones con Hacienda, pedir aplazamientos y consultar en qué estado se encuentra la devolución que estamos esperando. Los profesionales autónomos pueden, además, realizar sus declaraciones trimestrales del IVA, ahorrándose colas y prisas de última hora. Sus posibilidades son múltiples. EL PRÓXIMO PASO Ventanillas virtuales Las posibilidades abiertas por la implantación de la firma electrónica van mucho más allá de las meramente comerciales. Imaginemos poder renovar el carné de conducir, cambiar los datos de nuestro empadronamiento o, incluso, cumplimentar la partida de nacimiento de un hijo con la comodidad e instantaneidad que permite la Red. Hasta las obligaciones más desagradables que impone la Administración, como el pago de multas, serían más llevaderas si pudieran realizarse desde casa. |
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ARIADN@ | |
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