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La Audiencia de Sevilla ha planteado llevar a Cándido Conde-Pumpido, presidente del Tribunal Constitucional (TC), ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por el caso de corrupción de los ERE, después de que el pasado verano la mayoría progresista del TC acordara amparar parcialmente a los ex presidentes andaluces Chaves y Griñán y buena parte del resto de ex altos cargos del Gobierno andaluz de la etapa del PSOE. Todos ellos habían sido condenados, previamente, por la Audiencia y el Tribunal Supremo.
Esta decisión del Constitucional se conoce como el borrado de los ERE, ya que supuso un giro de guion en la macrocausa de corrupción. Inicialmente, tanto la Audiencia como el Supremo consideraron que el Gobierno andaluz había malversado los 679.412.179,09 euros que, a lo largo de una década, repartió sin ningún tipo de control a empresas en supuestas crisis para que sus trabajadores se prejubilaran. El TC legalizó buena parte de esa suma millonaria porque estaba incluida en las leyes de presupuestos andaluces que cada año aprobaba el Parlamento andaluz.
Sin embargo, ahora, la Audiencia de Sevilla cree que hay elementos para llevar las sentencias del Constitucional sobre los ERE al Tribunal de Justicia de la UE a través de una cuestión prejudicial. Para ello, ha dado un plazo de diez días a los abogados y al fiscal personados en la causa para que hagan alegaciones sobre este asunto, según detalla una providencia difundida este miércoles por la Oficina de Prensa del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
Los magistrados de la Sección Primera de la Audiencia destacan que no pueden "dejar de lado la posibilidad de que las valoraciones" que hace el Constitucional de Pumpido sobre los ERE "no sean del todo compatibles con el Derecho de la Unión".
Además, la doctrina del TC sobre los ERE podría incumplir "las exigencias internacionales de lucha contra la corrupción política, siendo incompatible con lo dispuesto en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea sobre la lucha contra el fraude y contra la actividad ilegal que afecte a los intereses financieros de la Unión, de prevenir y combatir la corrupción en general y de prever la aplicación de sanciones eficaces y disuasorias en caso de que tales infracciones se produzcan", dice la providencia.
Va más allá y entre las cuestiones que plantea a las partes personadas en el caso para que contesten en diez días también apunta a la "posibilidad" de que los "tribunales ordinarios no apliquen" las sentencias del Tribunal Constitucional "interpretativas de las normas legales autonómicas", en este caso las leyes de presupuesto de los años comprendidos entre 2002 y 2009. Esas interpretaciones del TC "conducen a entender como lícitas las conductas de los acusados cuando, según los tribunales ordinarios nacionales, dichas normas no excluyen la tipicidad penal".
Los abogados del PP y de Manos Limpias, personados en la causa de los ERE, habían pedido que el caso se elevara al Tribunal de Justicia de la UE. Sin embargo, en la providencia conocida este miércoles, los magistrados de la Audiencia no hacen referencia a los recursos impulsados por ambas partes, sino que plantean como propia la tesis de que el TC haya incumplido el derecho comunitario al amparar parcialmente a los condenados por los ERE.
¿Se extralimitó el TC?
A las partes personadas, la Audiencia también les pregunta si el Tribunal Constitucional "se ha extralimitado en la función de control que le corresponde, invadiendo ámbitos reservados a la jurisdicción de los jueces y tribunales, al revisar, a través de una interpretación alternativa de elementos normativos de los tipos penales de prevaricación y de malversación de caudales públicos, la valoración probatoria y el juicio de subsunción realizado por la Audiencia Provincial de Sevilla y por el Tribunal Supremo".
La segunda cuestión que plantea es si la interpretación del TC sobre las leyes de presupuesto de Andalucía de los años 2002 a 2009 "se opone" a la normativa y jurisprudencia comunitaria, "al dejar al margen de todo control aquello que tenga que ver con la actividad presupuestaria desde la fase inicial de elaboración de los presupuestos a la fase final de su ejecución, lo cual podría generar una situación de desprotección del patrimonio público y una merma del correcto funcionamiento de la actividad patrimonial del Estado, de la confianza de la sociedad en el manejo honesto de fondos públicos y de los deberes de fidelidad y transparencia que tienen los funcionarios públicos a cuyo cargo se encuentran los bienes de administración pública", recoge la providencia de la Sección Primera.
La rehabilitación política
La decisión del TC sobre los ERE provocó que el PSOE rehabilitara políticamente a los ex presidentes andaluces Chaves y Griñán el pasado 30 de noviembre en el congreso federal del PSOE celebrado en Sevilla. No han sido los únicos. También la exministra Magdalena Álvarez y otros ex altos cargos socialistas inicialmente condenados han sido también rehabilitados e invitados a regresar a la vida pública del Partido Socialista.
Desde que se conocieron las sentencias del TC, numerosos cargos socialistas han tratado de hacer ver que los ERE han sido un "invento" del PP, como dijo la vicepresidenta del Gobierno, ministra de Hacienda y líder del PSOE andaluz, María Jesús Montero. Sin embargo, además de la pieza principal de este caso en la que están Chaves y Griñán, sobre la que todavía se tiene que pronunciar la Audiencia, hay más de un centenar de causas desgajadas de la principal y se acumulan ya más de una veintena de condenas. Otras se han archivado.