A.B., una joven estudiante de Filosofía, de 19 años y natural de Carmona (Sevilla), viajaba el 7 de septiembre con su novio en el coche de éste por la Autovía A-4 y acabó muerta en la carretera a la altura del kilómetro 511 sentido Sevilla. Lo que pasó dentro del vehículo sólo lo sabe el hombre, R.V.P., que sostiene que, tras discutir con ella, la muchacha, que viajaba en el asiento de atrás, abrió la puerta y se tiró del coche en marcha a unos 117 kilómetros por hora. La muerte se habría producido como resultado de los golpes sufridos en la caída. Ahora, la Audiencia de Sevilla abre por primera vez la puerta a una posible condena por homicidio intencionado.
Los investigadores cerraron inicialmente el caso dando por buena la versión del novio pero la familia de la víctima cuestionó su relato y consiguió, después de una procelosa batalla en los juzgados, que la Justicia admitiera otras hipótesis que apuntaban al hombre como el causante de la muerte por atropello. Ese reconocimiento sirvió para que la investigación pasara al Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 2 de Sevilla, que acabó procesando al acusado por un homicidio imprudente.
La Audiencia de Sevilla ha corregido, sin embargo, esa calificación de los hechos, contemplando ahora la posibilidad de que se tratara de un homicidio doloso, o sea, intencionado, aceptando de forma parcial el recurso presentado por la acusación que representa al padre de la chica. En un auto fechado el 17 de marzo, la sección cuarta de la Audiencia de Sevilla considera que, tras analizar las diligencias y repasar los informes periciales, no resulta en absoluto descartable que la muerte de la joven se produjera a consecuencia del atropello de la misma por parte del vehículo conducido por el investigado. Esta es la hipótesis, apunta el tribunal, que "mejor podría encajar con las lesiones y estado que presentaba el cuerpo de la víctima, con los daños del vehículo y con las marcas y vestigios hallados en la zona de la autovía donde se produjo el siniestro".
Los magistrados apuntan, por ejemplo, que se encontraron raspaduras de pintura azul longitudinales a lo largo de varios metros de la valla de la autopista procedentes del turismo implicado en los hechos y, muy cerca de dichas marcas, restos orgánicos que se supone procedentes de la víctima, con lo que "no resultaría muy viable que la víctima pudiera haberse tirado del coche, pues no habría podido abrir la puerta del turismo si éste estaba rozando con su lateral derecho con la valla".
La Fiscalía había descartado el atropello basándose en que no se habían encontrado restos biológicos en el exterior del vehículo, si bien el tribunal considera que eso se puede achacar a la "lamentable tardanza en la recogida y análisis de muestras", casi cuatro años después de los hechos. De hecho, el coche, pese a precintarse y depositarse en una nave por la Policía, "fue visto fuera de la misma, -a la intemperie, expuesto a las inclemencias meteorológicas y al alcance de cualquier persona-, meses después de los hechos, según consta en autos, sin que se haya determinado el tiempo que permaneció en tan defectuoso estado de custodia", apunta el tribunal.
Los magistrados también subrayan que el investigado, en su declaración, ha ofrecido "respuestas evasivas y explicaciones poco verosímiles y contradictorias a lo largo de la causa". También resultan "extrañas", a tenor de los magistrados, las alusiones del investigado a que su novia habría discutido con su padre por las malas notas cuando se ha acreditado por la acusación particular que la joven había terminado su primer curso en la Facultad de Filosofía de Sevilla con una nota media de 9.24 y varias matrículas de honor, no habiendo empezado aún, a fecha 7 de septiembre, el siguiente curso.
Por último, también considera "extrañas" unas manifestaciones realizadas por la madre del acusado que realizó por teléfono al puesto de la Guardia Civil de tráfico aquella misma madrugada, pocos minutos después del suceso, cuando la señora llamó "en estado de gran nerviosismo y ansiedad" para interesarse por los detalles del suceso, llegando a decir "qué le ha pasao a mi niño, que le ha pillao las piernas, que le ha pillao", con lo que parece apuntar a que pensaba que se había producido un atropello en la autovía, sabiendo que era su hijo quien conducía el vehículo y que iba en compañía de su novia.
"A la vista esta consideraciones, estimamos que la tesis de la acusación particular de que la muerte de A.B. se produjo por un atropello con la parte lateral derecha del turismo del investigado, cuando la víctima se hallaba de pie fuera del coche junto a la valla de la autopista, tiene, siquiera indiciariamente, importantes visos de verosimilitud, frente a la tesis inicial de los médicos forenses que estimaron que la muerte se produjo por la salida de la fallecida del coche cuando éste circulaba a alta velocidad, en lo que podría haber sido un acto autolítico", afirman los jueces de la Audiencia de Sevilla.
"En definitiva -concluyen los magistrados-, vistos los indicios apuntados acerca de que la víctima podría haber sido atropellada, la determinación de si el fallecimiento de la mujer ocurrió bien por una maniobra imprudente del conductor del vehículo o bien por una salida voluntaria de turismo por parte de la víctima cuando circulaban a alta velocidad o bien por un atropello por parte del turismo cuando A.B. se encontraba fuera del vehículo en el arcén de la autopista, deberá dilucidarse en el juicio correspondiente, que no puede quedar restringido a valorar sólo la hipótesis de un homicidio imprudente, sino también a la de un posible homicidio intencional".