ESPAÑA
Justicia

La absolución de Alves exhibe la inconsistencia de la ley del 'sólo sí es sí'

La sentencia del TSJ de Cataluña desactiva el núcleo de la norma impulsada por Podemos, la fórmula del consentimiento que introdujo

Irene Montero (centro), Victoria Rosell (dcha.) y Ione Belarra, en 2023 en un acto en defensa de la ley del 'sólo sí es sí'.
Irene Montero (centro), Victoria Rosell (dcha.) y Ione Belarra, en 2023 en un acto en defensa de la ley del 'sólo sí es sí'.JAVI AMRTÍNEZ
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«Basta de justicia patriarcal. Sólo sí es sí». Irene Montero, ministra de Igualdad cuando sucedieron los hechos y autora intelectual de la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, presentó ayer la absolución de Dani Alves como un incumplimiento de esa reforma legal. En particular, de la fórmula introducida en el Código Penal que resumía el espíritu de la norma, concentrado en la fórmula de que sólo sí es sí: «Sólo se entenderá que hay consentimiento cuando se haya manifestado libremente mediante actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona».

La absolución de un caso tan mediático como el del futbolista refleja que la interpretación que la dirigente de Podemos hace de su ley no se ajusta a la realidad judicial. Ni a la del Tribunal de Justicia de Cataluña ni la de las audiencias provinciales que enjuician las agresiones más graves.

Desde que la reforma entró en vigor hace casi dos años y medio, ha habido decenas de absoluciones por falta de pruebas. Esos casos y ahora el de Alves reflejan que la fórmula introducida en el Código Penal no tenía trascendencia: antes y después los juicios se han centrado en examinar si hubo consentimiento, partiendo de la presunción de inocencia. Aunque se dé credibilidad a la víctima -Alves fue a prisión y al banquillo- sigue siendo necesario probar la acusación en el juicio.

El mensaje de Irene Montero tras la absolución de Dani Alves: "Es justicia patriarcal"@IreneMontero (Vídeo) / Emilio Morenatti | AP (Foto)

El revés a la ley del sí es sí que refleja el caso Alves se suma al mazazo de las rebajas de condena. La decisión de restar importancia a la violencia o intimidación para focalizarlo todo en el consentimiento supuso ajustar a la baja las penas de los delitos sexuales. Al menos 1.233 condenados en firme vieron reducidas sus penas y al menos 126 excarcelados de forma inmediata. Y hasta que llegó la contrarreforma las nuevas sentencias fueron más leves.

Tras las primeras reducciones de condena -y de nuevo ayer-, Montero y la ex delegada del Gobierno contra la Violencia de Género Victoria Rosell acusaron a algunos jueces de lo que estaba sucediendo. Con el tiempo, todas las audiencias, con jueces de todas las sensibilidades, rebajaron las condenas. En la mayoría de los casos, antes incluso de que el Tribunal Supremo estableciera que eso era lo que la ley exigía.

La propia sentencia condenatoria del caso Alves ahora revocada se tuvo que ceñir a esas penas más leves. Sin la ley del sí es sí, su condena por violación habría sido de al menos seis años. Fue de cuatro y medio gracias que, como explicó la Audiencia de Barcelona, se le tuvo que aplicar la reforma más favorable ya derogada.

La Sala Civil y Penal del TSJ precisa en su sentencia que no da por buena la tesis de Alves, sino que se limita a no considerar acreditada la de la mujer. «La única hipótesis relevante que se somete a juicio es la acusatoria. Por tanto, no afirmamos que la hipótesis verdadera sea la que mantiene la Defensa del acusado», afirma, dejando su absolución más cerca de la fórmula anglosajona del not guilty -no culpable- que de una declaración de inocencia.

Los cuatro magistrados que han detectado en la sentencia condenatoria «una serie de vacíos, imprecisiones, inconsistencias y contradicciones sobre los hechos, la valoración jurídica y sus consecuencias» son tres mujeres y un hombre. Montero describió ayer su decisión como «un claro ejemplo de violencia institucional y de justicia patriarcal que desprotege a las mujeres».

Se lo dice a un tribunal en el que están dos destacadas mujeres progresistas. La ponente de la sentencia y presidenta de la Sala, Àngels Vivas, fue miembro de la Comisión de Igualdad de la asociación progresista Jueces y Juezas por la Democracia. Y una de las magistradas que escribió a la víctima de La Manada sosteniendo que había sufrido una violación. Por su parte, Roser Bach fue vocal del CGPJ a propuesta del PSOE y directora de la Escuela Judicial. Los otros dos, María Jesús Manzano y Manuel Álvarez, cuentan con amplia experiencia en el campo de la violencia de género.

No serán ellos los últimos en revisar el caso. La denunciante y la Fiscalía pueden recurrir ante el Supremo. El Alto Tribunal ha impulsado habitualmente interpretaciones favorables a las víctimas, como reflejó la dura sentencia de La Manada. Sin embargo, el estrecho margen que permite el recurso de casación hace difícil revocar una absolución.

Cuando el Supremo se pronuncie, todavía será posible que la actuación judicial siga abierta: si confirma la absolución, Alves podrá reclamar una indemnización por los 14 meses que pasó en prisión provisional.