El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) pide al Gobierno el indulto parcial para Laura Borràs, condenada por corrupción, y suspende su ingreso en la cárcel. Por tanto, la dirigente independentista no entrará en prisión y el tribunal que la juzgó traslada la presión al Ejecutivo de Pedro Sánchez.
La decisión llega después de que la Fiscalía avalara a la ex presidenta del Parlament. En concreto, la Sala Civil y Penal TSJC ha dictado un auto en el que solicita al Gobierno una propuesta de indulto parcial en favor de la también ex presidenta de Junts respecto a la pena de prisión a la que fue condenada por delitos de prevaricación y falsedad en documento oficial.
Ahora, los jueces elevan el caso al Ejecutivo para que mueva ficha y decida si la indulta o no y cómo aplica la medida de gracia. "Ese indulto se solicita para que afecte únicamente al tiempo que supera los dos años de la pena impuesta de 4 años, seis meses y un día", matiza el TSJC sobre la petición.
La ex presidenta del Parlament y de Junts fue declarada culpable por adjudicar contratos a dedo a un amigo cuando dirigía la Institució de les Lletres Catalanes (ILC), entre 2013 y 2018, antes de su salto a la primera línea política.
La sentencia del TSJC sobre Borràs, hecha pública en 2023, ya proponía a La Moncloa la medida de gracia para la ex presidenta de la Cámara catalana al considerar los magistrados que las penas para los delitos cometidos por Borràs eran "notablemente excesivas". "Estimamos que la reacción penal que nos obliga a imponer una pena privativa de libertad en duración que, en ningún caso puede resultar inferior a los cuatro años, seis meses y un día, resulta desproporcionada y excesiva", apuntó el fallo.
Es decir, el tribunal aplicó la métrica penal correspondiente -la fórmula para aplicar las penas de un determinado delito que marca el Código Penal- pero consideró que el resultado (los cuatro años y medio de prisión) era "excesivo". En este sentido, la sentencia destacaba que no se puede desprender de los hechos probados que hubiera una "obtención de lucro o beneficio económico" para ninguno de los tres acusados, ni ningún perjuicio económico para la entidad cultural. Cabe recordar en este sentido que la dirigente fue condenada por adjudicar a dedo 18 contratos por valor de 335.700 euros a un amigo suyo en la Institució de les Lletres Catalanes sin pasar por un concurso público.
También añadía el TSJ catalán en el fallo que Borràs ya tiene una pena de 13 años de inhabilitación que "permite razonablemente esperar que la ejecución de la pena de prisión concreta no es necesaria para evitar la comisión futura de nuevos delitos".
Una insólita petición, la del indulto parcial, que el tribunal incorporó en su fallo y que resulta clave en este proceso que afecta a Borràs por un caso de corrupción, ajeno al procés y sin cabida en la Ley de amnistía.
Mientras el Gobierno resuelve la petición de indulto, el tribunal ha suspendido la ejecución de la condena de prisión de Borràs, aunque no los años de inhabilitación que se le impusieron. Por tanto, la ex presidenta de Junts y del Parlament no podrá ejercer ninguna actividad, empleo o cargo público.
El Tribunal Supremo confirmó a principios de febrero la sentencia y se abrió el periodo de ejecución del fallo tras declarar su firmeza y no poder presentarse ya más recursos. Fue entonces cuando la propia defensa de Borràs, encabezada por el abogado Gonzalo Boye, pidió formalmente al TSJ catalán que suspendiera su ingreso en prisión y reclamara la medida de gracia al Gobierno, aunque lo hizo sin mentar la palabra "indulto". A continuación, la Fiscalía Superior de Cataluña avaló que la justicia suspenda el ingreso en la cárcel de la dirigente de Junts y ahora el tribunal que la juzgó ha elevado al Gobierno la propuesta de indulto parcial en favor de la ex presidenta del Parlament.