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El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, planteó ayer a los magistrados de la Sala Primera la posibilidad de impedir que los jueces españoles puedan acudir al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) cuando se muestren en desacuerdo con un fallo adoptado por la corte de garantías.
El debate planteado por Conde-Pumpido generó sorpresa e incredulidad entre varios magistrados del Constitucional que recordaron al presidente que el TJUE no pone ninguna limitación a los jueces nacionales para elevar cuestiones prejudiciales en cualquiera de las fases del procedimiento judicial, aunque previamente se hayan pronunciado las correspondientes cortes constitucionales europeas.
Más bien al contrario, la doctrina consolidada europea establece la primacía del Derecho de la Unión frente al de los estados miembros existiendo múltiples sentencias que rectifican los criterios de las distintas cortes de garantías constitucionales.
El paso dado la semana pasada por la Audiencia de Sevilla, que durante meses ha estudiado la posibilidad de llevar la extralimitación del TC en el caso de los ERE a Europa, pone contra las cuerdas a Conde-Pumpido. En los últimos meses, el Constitucional ha atesorado multitud de críticas por parte del Tribunal Supremo, donde en privado acusan a su presidente de actuar con "absoluta impunidad", pero también por parte de ex magistrados del órgano que asisten atónitos a la conversión del TC en un órgano jurisdiccional que "usurpa" funciones al TS.
Según adelantó El Español e informan fuentes jurídicas a EL MUNDO, aunque el debate surgió en torno a un asunto de menor trascendencia procedente de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) relacionado con un laudo arbitral, en el Constitucional sostienen que lo pretende Conde-Pumpido es "crear una doctrina" que imposibilite a la Audiencia Provincial de Sevilla elevar una cuestión prejudicial por el caso de los ERE de Andalucía ante el TJUE.
El presidente -que solo aludió indirectamente al caso de los ERE- sostuvo que en el caso del TSJM se debe "defender" la "jurisdicción" del TC. Fuentes próximas a Conde-Pumpido destacan que el tribunal tiene la "obligación" de velar por su jurisdicción y ejecución de sus sentencias si se empieza a "comprobar que los tribunales encargados de ejecutarlas acuden a subterfugios, planteando en la ejecutoria cuestiones prejudiciales que no consideraron necesarias para dictar su sentencia inicial".
El artículo 92 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional establece que este "velará por el cumplimiento efectivo de sus resoluciones. Podrá disponer en la sentencia, o en la resolución, o en actos posteriores, quién ha de ejecutarla, las medidas de ejecución necesarias y, en su caso, resolver las incidencias de la ejecución" y que "podrá también declarar la nulidad de cualesquiera resoluciones que contravengan las dictadas en el ejercicio de su jurisdicción, con ocasión de la ejecución de éstas, previa audiencia del Ministerio Fiscal y del órgano que las dictó".
Por su parte, la Audiencia Provincial de Sevilla dictó la semana pasada una providencia donde dejó claro que cree que hay elementos para llevar las sentencias del Constitucional sobre los ERE al Tribunal de Justicia de la UE a través de una cuestión prejudicial. El tribunal dio un plazo de diez días a los abogados y la Fiscalía para que hagan alegaciones sobre la pertinencia de plantear una cuestión prejudicial. Los magistrados de la Sección Primera de la Audiencia destacaron que no pueden "dejar de lado la posibilidad de que las valoraciones" que hace el Constitucional de Pumpido sobre los ERE "no sean del todo compatibles con el Derecho de la Unión".
Además, la Audiencia de Sevilla subrayó que la doctrina del TC sobre los ERE podría incumplir "las exigencias internacionales de lucha contra la corrupción política, siendo incompatible con lo dispuesto en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea sobre la lucha contra el fraude y contra la actividad ilegal que afecte a los intereses financieros de la Unión, de prevenir y combatir la corrupción en general y de prever la aplicación de sanciones eficaces y disuasorias en caso de que tales infracciones se produzcan".